1.- En primer lugar tengo entendido que hay dos tipos de certificados SILCON, uno que requiere más poder de representación de la empresa o persona jurídica (PJ), para trámites con más impacto en la PJ, y otro con menos requisitos, para trámites más del día a día: ¿es esto correcto?
2.- Si es así, ¿qué capacidad de representación se necesita para cada tipo de certificado?
A partir de la «Autorización» concedida la TGSS, otorga el certificado digital SILCON (Principal) y, seguidamente si existe petición por parte del usuario principal se otorgan certificados SILCON – Secundarios, tantos como precise, estos tienen los mismos requisitos que el Principal (puede ser que hayan cambios en el ámbito o alguna funcionalidad capada, pero en principo sus acciones son idénticas).
Las autorizaciones al Sistema RED pueden ser de los siguientes tipos:
Todos estos tipos de autorización se pueden conceder tanto a una Persona Física como Jurídica.
Junto al formulario de solicitud de autorización (FR101) debidamente cumplimentado, se deberá presentar además la siguiente documentación:
Este trámite de solicitud de la autorización puede realizarse presencialmente a la Unidad de Atención al Usuario existente en cada una de las Direcciones Provinciales de la TGSS, o a través del Registro Electrónico de la Sede Electrónica.
Se desprende de la respuesta dada.
(*) Consulta formulada por un cliente, suscrito a 2ª opinión experta. Todas las referencias al cliente se han omitido por motivos de confidencialidad.
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Se trata de una SL que va a realizar un proyecto de segregación de una unidad económica autónoma en favor de otra SL que no es del grupo y estaba previsto auditar el balance de segregación basado en un balance intermedio de la que segrega el negocio, a fecha intermedia porque han pasado más de 6 meses desde el último cierre auditado de la sociedad. Pero no estaba previsto auditar el balance de la SL (también obligada a auditarse) que recibirá el negocio.