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Dado que muchos trabajadores están volviendo a sus puestos de trabajo en actividades no esenciales, en los últimos días se han multiplicado las consultas ante la Autoridad laboral relativas al fin de ERTES o a la posible reincorporación de parte de las plantillas.

Desde la publicación del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, numerosas empresas se han acogido a los mecanismos de ajuste temporal para evitar despidos: los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada por fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Así, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) está tramitando miles de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) para responder a la creciente demanda de numerosas prestaciones por desempleo.

Por otro lado, algunas empresas han recuperado parte de su actividad y han decidido que algunos de sus trabajadores afectados por un ERTE vuelvan a desempeñar su labor. Para ello tienen que solicitar la baja de las prestaciones por desempleo de estos trabajadores. Y también algunas empresas ya están volviendo a la actividad normal y tienen que comunicar la finalización de un ERTE.

Pues bien el SEPE ha publicado una Guía Básica de la prestación de los trabajadores afectados por un ERTE, y un modelo de formulario para la comunicación de Bajas de un ERTE, que le adjuntamos por su interés: ​