EDICIÓN ESPECIAL CORONAVIRUS →
La web de la Agencia Tributaria informa de la ampliación de la vigencia del uso de certificados electrónicos caducados hasta el 1 de agosto de 2020.
«En relación a la medida adoptada, de acuerdo con lo previsto en Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para permitir el uso de certificados electrónicos caducados por la situación provocada por la COVID-19, se informa que con el objetivo de dar tiempo a regularizar los certificados electrónicos en la situación actual, donde se debe reducir la capacidad de atención presencial para garantizar el distanciamiento social, y que todos los contribuyentes que se encuentren en esta situación puedan proceder a la renovación de sus certificados electrónicos, se permitirá el uso de estos certificados en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria hasta el 1 de agosto».
Además, informa de que pudiera ser posible que los navegadores habituales de internet no se lo permitan, en cuyo caso, deberá proceder a modificar la fecha del sistema a una fecha anterior a la caducidad para que pueda utilizarlo.
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Fuente: AEAT