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Resolución de 19 de junio de 2020, de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, por la que se establece el listado de los medicamentos considerados esenciales en la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en virtud de lo dispuesto en el artículo 19.1 del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

La Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, María Jesús Lamas Díaz, muestra la lista de medicamentos que resultan imprescindibles para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

En la Resolución de 19 de junio de 2020, de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, objeto de la presente información, se detallan los medicamentos cuyos principios activos, dosis y vía de administración se encuentran indicados en el anexo I de la misma.

El Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 imponía la obligación de informar sobre el suministro de medicamentos esenciales durante el estado de alarma así como a los titulares de autorizaciones de comercialización la obligación de comunicar a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios el stock disponible, la cantidad suministrada en la última semana (unidades o envases vendidos) y la previsión de liberación y recepción de lotes, incluyendo las fechas y cantidades estimadas de disponibilidad en el marcado español de aquellos medicamentos considerados esenciales en la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Esa comunicación habrá de continuar, de modo que todos los miércoles, semanalmente, se tendrá que publicar la información a través de la aplicación informática de stock de medicamentos creada a tal fin en la Agencia dentro de la web del Registro de Medicamentos de Uso Humano (RAEFAR).

La pandemia continúa vigente y su evolución imprevisible genera un deber de cautela y protección de la población, siendo la información de suministro de los medicamentos un elemento clave en aras a determinar los comportamientos del virus, como medida de contención y coordinación de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.