Hacienda no perdona. Un año más, los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta y del Patrimonio tienen que dar cuenta a Hacienda de sus obligaciones fiscales con respecto a los impuestos mencionados.
¿Su personal ya está preparado y formado para afrontar la campaña de Renta y Patrimonio del ejercicio 2023?
Esta herramienta que encontrará en el área privada de la página web de Planificación Jurídica le ayudará a estar al día de las novedades para este ejercicio, del calendario y de los modelos a presentar aprobados por la Orden HAC/265/2024, de 18 de marzo, y del calendario.
Una campaña en la que, aunque no tenemos muchas novedades, sí que hay algunos puntos que conviene tener en cuenta, como como los límites de reducción en la base imponible de las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social, se revisa la cuantía de las dietas y asignaciones para gastos de locomoción exentas del IRPF, se aumenta el umbral inferior que exonera de la obligación de presentar la declaración respecto de los perceptores de rendimientos del trabajo, se eleva la cuantía de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo, de la reducción aplicable a los trabajadores autónomos económicamente dependientes y de los umbrales de renta, y se modifica el porcentaje de deducción para el conjunto de las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, entre otras novedades.
Fechas a recordar
La campaña de la declaración de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio 2023 arranca el 3 de abril y se extenderá hasta el 1 de julio de 2024, excepto en el caso de domiciliación bancaria de las declaraciones que será desde el 3 de abril hasta el 26 de junio de 2024, ambos inclusive.