FISCAL
Impuesto sobre el Valor Añadido IVA / Régimen suspensivo
ANTECEDENTES. Se trata de una sociedad comercial cuya actividad es la de compra y vende bebidas alcohólicas. Va a realizar varias operaciones: 1.-Compra y vende en Holanda en Régimen suspensivo. Las compras son a proveedores de la UE Las ventas son a clientes de la UE y de España. La sociedad no realiza ningún movimiento ni transporte de la mercancía ya que todas las operaciones se realizan en el depósito fiscal de Holanda. ¿Qué tratamiento contable y fiscal le debo dar a las facturas recibidas de la compra de la mercancía? ¿Qué tratamiento contable y fiscal le debo dar a las facturas recibidas del servicio prestado por el depósito fiscal? ¿Es una adquisición de servicios intracomunitario? ¿Qué tratamiento contable y fiscal le debo dar a las facturas emitidas de la mercancía? 2.- Compra en el depósito fiscal de Holanda y transporta la mercancía a un depósito fiscal de España, vende la mercancía a clientes españoles y de la UE, se produce una salida de la mercancía del depósito fiscal. …
FISCAL
Impuesto sobre el Valor Añadido IVA / Régimen suspensivo
ANTECEDENTES. Se trata de una sociedad comercial cuya actividad es la de compra y vende bebidas alcohólicas. Va a realizar varias operaciones: 1.-Compra y vende en Holanda en Régimen suspensivo. Las compras son a proveedores de la UE Las ventas son a clientes de la UE y de España. La sociedad no realiza ningún movimiento ni transporte de la mercancía ya que todas las operaciones se realizan en el depósito fiscal de Holanda. ¿Qué tratamiento contable y fiscal le debo dar a las facturas recibidas de la compra de la mercancía? ¿Qué tratamiento contable y fiscal le debo dar a las facturas recibidas del servicio prestado por el depósito fiscal? ¿Es una adquisición de servicios intracomunitario? ¿Qué tratamiento contable y fiscal le debo dar a las facturas emitidas de la mercancía? 2.- Compra en el depósito fiscal de Holanda y transporta la mercancía a un depósito fiscal de España, vende la mercancía a clientes españoles y de la UE, se produce una salida de la mercancía del depósito fiscal. …
SOCIAL-LABORAL
Incapacidad temporal / Incapacidad permanente total
ANTECEDENTES. Autónomo que agota IT y le conceden IP para profesión habitual. Durante la IT no recibe ningún tratamiento por causa ajena a él, el hospital lleva mucha lista de espera y tardan dos años en operarle 1 rodilla. La IPT que le reconocen tiene como causa el daño en ambas rodillas debiendo intervenirle de ambas. en el momento de la IPT solo le han intervenido una, falta la otra. CONSULTA Duda que me surge es, se da de alta como autónomo en otra actividad y cotiza los 180 días mínimos que se exigen y cuando lo intervengan de la otra rodilla (que es la que causo la IPT), ¿tendría derecho a cobrar la it durante el tiempo que conlleve operación y recuperación por esa rodilla a pesar de que la contingencia estuviera ya reconocida en la IPT? realmente la intervención que le tengan que hacer le impide realizar su nuevo trabajo. No es culpa suya que no le operaran las dos rodillas mientras estuvo con la primera IT
ADMINISTRATIVO
Responsabilidades patrimoniales / Administraciones públicas
ANTECEDENTES. Una mercantil – sociedad limitada – se dedica a la compraventa de palets usados. Como parte de su negocio importa palets usados de las Islas Canarias a través del puerto de Valencia. Cuando llegan los contenedores al puerto de Valencia son sometidos a revisiones aleatorias, por parte de Aduanas, para comprobar el cumplimiento de la normativa sanitaria. Rara vez se detectan irregularidades en algún contenedor, cuyo contenido es entonces destruido o devuelto a su origen. El problema es, respecto a los contenedores que revisan y están correctos porque cumplen la normativa, los altos coste que repercuten a la empresa importadora (nuestro cliente), ocupación, manipulación, etc… Se consulta si sería posible repercutir a la Administración los costes que se originan por la paralización y revisión de contenedores en el puerto cuando las revisiones dan como resultado que todo es correcto y se despachan los contenedores pudiendo sacarlos del puerto.
SOCIAL-LABORAL
Jubilaciones / Convenios colectivos / Cláusulas
ANTECEDENTES. Se trata de una empresa de Transporte de mercancía por carretera, con rutas nacionales e internacionales, con camiones de más de 3.5 Tm. Convenio de Transportes Lugo 27000505011982. Un trabajador cumplirá en septiembre 68 años, no obstante, no tiene intención de jubilarse. En el último año ha estado de baja médica un año, del 12-07-21 a 15-07-22. Parece que ha solicitado la incapacidad, pero se la han denegado. Es la única información que tiene la empresa al respecto. Por lo que sabe la empresa la I.T. era por problemas respiratorios y de corazón, pero no tenemos ningún documento. Se le ha instado a que se incorpore, pero no sabe muy bien qué hacer con él. El servicio de vigilancia de la salud ha emitido el informe como apto. El trabajador lleva en la empresa desde 25-05-2016, por lo que tiene una antigüedad considerable para un despido, que imaginamos que es lo que está intentando obtener. En el convenio pone literalmente, en el Art. 27: “al cumplir los 65 años de edad,…