Alerta Consultas 4a semana noviembre 2024

FISCAL

Impuesto sobre Bienes Inmuebles IBI / Exenciones / Entidades locales

ANTECEDENTES. Se trata de una entidad que tiene el derecho de superficie temporal sobre un inmueble, titularidad de un Ayuntamiento, para la construcción de un centro educativo, de tal forma que consta en el Catastro como titular del 100% del derecho de superficie, y el Ayuntamiento como titular del 100% del derecho de propiedad. La citada entidad tiene concedida la exención de IBI que le corresponde en aplicación del artículo 62.1.a) del TRLHL. En dicho inmueble, se localiza el Centro educativo, donde se desarrolla su actividad educativa. La entidad se plantea, de forma adicional a su actividad, alquilar espacios del colegio a terceros para que se desarrollen eventos, con el objetivo de obtener un ingreso extra. Esta actividad sería accesoria a la actividad de enseñanza, puntual, y residual en términos de lo que supondría ese ingreso para la entidad (no alcanzaría ni el 5% del volumen total de su facturación), siendo además limitado el espacio destinado a este efecto (únicamente…

FISCAL

Impuesto sobre Sociedades IS / Tipo Reducido / Grupos de sociedades

ANTECEDENTES. Tenemos una duda con la aplicación del tipo impositivo del 23% en las empresas que en 2022 obtuvieron una cifra limpia de negocios inferior al millón de euros. Nos encontramos en el caso de una sociedad holding que tiene el 100% de las participaciones de varías sociedades. Estas sociedades forman grupo según el que indica el artículo 42 del código de comercio, a pesar de que no consolidan ni contable ni fiscalmente. Algunas de estas sociedades obtuvieron una cifra limpia de negocios en 2022 inferior al millón de euros, y algunas superaron este importe. Querríamos saber si las que no superaron este importe, entre ellas la holding, pueden tributar al 23%, o bien se tiene que tener en cuenta la suma de todas las cifras limpias de negocios del grupo, y por tanto, tributar al 25%.

FISCAL

Impuesto sobre Sociedades IS / Impuesto sobre el Valor Añadido IVA / Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados ITPAJD / Fusiones de sociedades / Escisiones de sociedades / Canjes de valores / Aportaciones a sociedades / Regímenes especiales / Hecho imponible

ANTECEDENTES. ASUNTO: Creación sociedad con inmuebles y escisión La sociedad limitada X SL que presta servicios tiene diferentes inmuebles que alquila. Esta sociedad quiere constituir una sociedad de la que ella sea socia al 100%. Con esta nueva sociedad que creará tiene la intención de adquirir pisos turísticos para alquilarlos posteriormente. Para centralizar todo y tener más ordenada su estructura societaria, quiere que todos los inmuebles estén en esta sociedad. La idea es constituir esta nueva sociedad limitada, Y SL, mediante aportación no dineraria, donde la sociedad X SL aportaría los tres o cuatro inmuebles que tiene como aportación de capital no dinerario. La pregunta que tenemos es saber el coste de hacer esta operación, necesitamos nos detallen que impuestos pagaría esta sociedad si crea una sociedad mediante aportación de inmuebles, y que valor de estos inmuebles habría que usar para crear la sociedad, si el valor contable, o el valor de mercado. Necesitamos saber que impuestos…

FISCAL

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF / Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones ISD

ANTECEDENTES. Mi duda es que estoy preparando un impuesto de sucesiones, y hay un piso cuyo valor de referencia son 75.000€. Los herederos tienen pensado venderlo, entonces mi idea era ponerle más cantidad para que la venta no le resulte gravoso, pero por lo que yo he entendido, tampoco se puede poner mucha más cantidad a la hora de declarar el impuesto sucesiones que el valor de referencia. ¿Esto es así? Es que los pisos en esa zona similares a este se venden en 160000€. Bueno saber si realmente pasaría algo si se pone mucha más cantidad que el valor de referencia. gracias

FISCAL

Impuesto sobre el Valor Añadido IVA / Prestaciones de servicios

ANTECEDENTES. Un tatuador autónomo ha estado trabajando en España, todo lo que ganaba en España tiene IVA del 21%. Estos primeros meses del 2024 ha estado viajando por Alemania, Suiza e Islandia, poniendo tatuajes a personas físicas de países de allí. Aunque él ponía tatuajes al cliente final, realmente cobraba del estudio, dado que había acordado un porcentaje con el estudio en este caso alemán, todo lo que el generara, el estudio alemán lo cobraba y al final de mes este tatuador español le emitía una factura por el 50% de lo generado al estudio alemán. Queremos saber estas facturas que el tatuador emitía al estudio de Alemania, saber si debería de tener IVA o no. De igual forma procedió de esta manera con un estudio en Islandia y otro estudio en Suiza. Adicionalmente a los servicios de tatuaje, ha dado formación a un cliente en Suiza de como tatuar, un estudio de suiza le ha contratado para que vaya a Suiza unos días a dar un curso. El curso se lo ha dado a gente que aún no había tatuado y…

FISCAL

Deducciones por doble imposición / Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF

ANTECEDENTES. Una persona residente en España tuvo ingresos de alquileres en el 2022 de viviendas de las que es propietaria, una en Italia y otra en Inglaterra (UK). En su declaración de la renta del 2022 se declararon los ingresos íntegros computables de capital inmobiliario de cada uno de estos inmuebles en las casillas 0102 de la renta (modelo 100). Aplicando en ambos casos la reducción por arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda de la casilla 0150. De la vivienda en Inglaterra recibió 22.402€ de ingresos y de la de Italia 2.099,79€, por estos rendimientos pagó en cada país impuestos, en Italia 440,96€ y en Inglaterra 2.922,06€, estos impuestos, para evitar la doble imposición, se descontaron en la casilla 0588 correspondiente a la deducción por doble imposición internacional, por las rentas obtenidas y gravadas en el extranjero, en la casilla 0588 se declararon en total 3.363,02€ que dieron derecho a una deducción de 2.536,03€. Ahora ha recibido una propuesta de liquidación…

FISCAL

Impuesto sobre el Valor Añadido IVA / Exenciones / Tipos impositivos / Sujetos pasivos / Inversiones

ANTECEDENTES. Una sociedad limitada dedicada a la construcción quiere comprar un local con tres inversores personas físicas (siendo 4 los inversores contando la SL), con la finalidad de fragmentarlo en 9 pisos turísticos. De los tres inversores dos son personas físicas que no tienen actividad económica, lo hacen como inversión privada, y el otro inversor persona física sí que tiene actividad económica de alquiler y arrendamiento de inmuebles. De los 9 pisos, 3 pisos se los quedará la sociedad limitada, y luego cada inversor se quedará con 2 pisos. Están viendo dos maneras de hacerlo: 1. La sociedad limitada compra el local con tres inversores más, cada uno proporcionalmente en base a los pisos que se quiera queda cada uno, luego la reforma la hace la sociedad limitada y repercute el coste de la reforma de manera proporcional a cada inversor. 2. La sociedad limitada compra el local al 100%, hace la reforma y luego vende cada 2 pisos a cada inversor. Cada piso tendrá una referencia catastral….

FISCAL

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF / Impatriados / Residencia fiscal

ANTECEDENTES. C es un ciudadano español que actualmente reside y trabaja en Alemania. Él lleva ya unos años y tenemos intención de incorporarlo a la plantilla de nuestra filial Mexicana, por tanto, su residencia pasará de Alemania a México. Para poder contratarlo en México bajo nuestra filial, necesitamos que obtenga un visado mexicano, que normalmente tarda unos 2-3 meses. Durante este tiempo, queremos tenerlo ya en plantilla, y nosotros proponíamos contratarlo en España y una vez obtuviera el visado, trasladarlo a plantilla de México. El tema es que el trabajador tiene mucho interés en acogerse a la Ley Beckham si eventualmente vuelve a España en los próximos años. Dicho esto, nosotros entendemos que puede acogerse a ella siempre que no sea residente en España en los cinco años anteriores. Si vamos a la definición de residente, vemos que la LIRPF considera residente si has estado más de 183 días en el Estado. Por tanto, entendemos que podríamos hacerle contrato con X SL. …

SOCIAL-LABORAL

Seguridad Social / Jubilaciones a tiempo parcial

ANTECEDENTES. Un trabajador del sector siderometalúrgico el 01-11-2021 accedió a la jubilación parcial con sustitución de contrato de relevo. Hasta el 31-12-2022 trabajó un 50% de la jornada, y a partir de esta fecha y en estos momentos trabaja un 37,5% de la jornada (15 horas a la semana). Su fecha prevista de jubilación es 29-09-2025. Tanto el trabajador como la empresa se han planteado la acumulación de la jornada de trabajo de forma compactada toda a la vez a partir del mes de mayo. CONSULTA 1.- Se puede realizar la acumulación de las horas de trabajo que le quedan hasta la fecha de jubilación? serían 529 horas de trabajo año 2024 y 540 del 2025 (habría que restar los días le corresponden de vacaciones) O bien se pueden acumular solo durante el año natural? En caso de que se puedan acumular, ¿el procedimiento cuál sería? hay que hacer una comunicación previa algún organismo? ¿El sueldo lo seguiría cobrando mensualmente y cotizando mensualmente, aunque solo trabaje unas…

SOCIAL-LABORAL

Seguridad Social / Jubilaciones / Pensiones / Complementos

ANTECEDENTES. Quería saber que, si se cobra una pensión de jubilación con complemento a mínimos, si se vende unos árboles (que se declara por módulos), si para el tope del complemento se mira el rendimiento neto de lo que sale para hacienda o se mira la cantidad bruta que pagan.

SOCIAL-LABORAL

Desempleo / Autónomos / Altas / Compatibilidad

ANTECEDENTES. Trabajador está cobrando el paro desde febrero, (tiene un período reconocido de 24 meses) en mayo va a darse de alta de autónomos compaginando el cobro de la prestación con el alta de autónomos por el período máximo que permite la ley de 9 meses. En el mes de agosto va a tener un hijo y cogerá la baja por maternidad. CONSULTA 1.- La base reguladora a tener en cuenta para el cálculo de la prestación por maternidad, (al estar cobrando paro y simultáneamente cotizando en régimen de autónomos) ¿cuál será la que se tendrá en cuenta? 2.-Teniendo un periodo reconocido de paro de 24 meses, una vez haya terminado el compaginar el paro con el alta de autónomos seguiría de alta de autónomos, ¿el paro no consumido se le mantendrá tal y como establece la ley?

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