Artículos del servicio de Análisis Normativo Diario

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El control sobre las prestaciones genéricas de servicios no sujetas a licencia administrativa.
El pasado 22 de mayo de 2024 se publicó el Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, y para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo.
La deducibilidad en el Impuesto sobre Sociedades de gastos contabilizados en ejercicios posteriores al de su devengo contable constituye una cuestión controvertida que hasta la fecha ha sido rechazada por la Administración triburaria. Una reciente Sentencia del Tribunal Supremo, de fecha 22 de marzo de 2024, aborda en particular el tratamiento de gastos originados en ejercicios ya prescritos. En el presente artículo se analiza dicha Sentencia, así como el impacto que puede suponer la aplicación de dicha doctrina que corrige el criterio interpretativo de la Administración tributaria.
El plazo para la presentación de la declaración vía internet (modelos 200, 220) es, con carácter general, el de 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del período impositivo –para períodos impositivos coincidentes con el año natural los primeros 25 días de julio de 2024. Los sujetos pasivos cuyo período impositivo coincida con el año natural y presenten por Internet la declaración del IS, pueden domiciliar el pago (del 1 a 20 de julio).

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