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Uno de los documentos fundamentales que hay que presentar a la hora de solicitar el Ingreso Mínimo Vital es una declaración responsable de ingresos y patrimonio para acreditar las rentas de la unidad de convivencia y poder determinar si se tiene derecho a percibirlo.

La declaración responsable no es un documento independiente que hay que cumplimentar, para simplificar este trámite esta declaración se encuentra implícita en la propia solicitud en concreto en el apartado 3, donde tenemos que reflejar el cómputo de ingresos y patrimonio del ejercicio anterior, que deberemos reflejar también en el apartado 2 donde figuran los datos de las personas que integran la unidad de convivencia.

En el propio modelo oficial de solicitud (y en el formulario on- line para solicitarlo telemáticamente sin certificado digital) encontrará las instrucciones para rellenar correctamente estos apartados.

Estas instrucciones detallan que el cómputo de los ingresos del ejercicio anterior se llevará a cabo atendiendo a las siguientes reglas, únicamente en el caso de percibir ingresos como los descritos:

Una vez sumados los ingresos detallados anteriormente, se restará el importe del Impuesto sobre la renta devengado y las cotizaciones sociales para determinar el importe final a consignar en la solicitud.

En lo referente al patrimonio, se considera como tal la suma de los activos no societarios, sin incluir la vivienda habitual, y el patrimonio societario neto, tal como se definen en los siguientes apartados.

Los activos no societarios son la suma de los siguientes conceptos:

Por su parte, el patrimonio societario neto incluye el valor de las participaciones en el patrimonio de sociedades en las que participen de forma directa o indirecta alguno de los miembros de la unidad de convivencia, con excepción de las valoradas dentro de los activos no societarios.

Si no dispone de ninguno de estos conceptos, el importe será 0.

Por último, recuerde también que, excepcionalmente, en los supuestos de vulnerabilidad económica que se haya producido durante este año, por ejemplo, a causa de la pandemia de la COVID-19, y cuando no sea beneficiario de prestaciones o subsidios de desempleo, podrá solicitar que se tengan en cuenta las rentas obtenidas durante este año. Para ello deberá facilitar, además de los ingresos del 2019, los de 2020.

En este caso, otro de los requisitos es que en el ejercicio anterior no supere la mitad de los límites de patrimonio neto establecidos de forma general para las citadas unidades de convivencia y cuyos ingresos no superen en más del 50 por ciento de los límites establecidos para toda la unidad de convivencia en el ejercicio 2019.