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A pesar de que la campaña estatal de la Declaración de la Renta y Patrimonio de 2019 continúa sin alteración de plazos durante el estado de alarma, las comunidades forales sí han modificado las fechas de comienzo y finalización de la presentación de impuesto en su territorio.
Navarra
El Gobierno de Navarra ha anunciado que el inicio de la campaña de IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio se iniciará el próximo día 6 de mayo, con un retraso de un mes respecto de las fechas habituales en campañas anteriores.
Álava
El 1 de abril de 2020 se ha publicado la Orden Foral 151/2020, de 24 de marzo, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación del IRPF y el Impuesto sobre el Patrimonio, en la que se amplían los plazos de declaración y pago del IRPF. En concreto:
A. Los plazos para las declaraciones del IRPF serán los siguientes:
- Rentared (presentación de la declaración telemáticamente): La declaración de la renta se podrá confeccionar desde el 15 abril hasta el 30 de octubre de 2020.
- Rentaaraba:
- La atención presencial en las dependencias de la Diputación Foral de Álava se realizará entre el 8 de septiembre y el 28 de octubre.
- La presentación a través de entidades financieras y gestorías se realizará desde el 15 de abril hasta el 30 de octubre. No obstante, el inicio del plazo quedará condicionado a la legislación aplicable mientras se mantenga el estado de alarma.
- Rentafácil (aceptación o modificación de la propuesta enviada por la Diputación). La aceptación online o telefónica de la propuesta enviada por la Diputación se podrá realizar desde el 15 de abril hasta el 28 de octubre de 2020. Para modificar la propuesta, si se acude a las dependencias de la Diputación, el plazo se iniciará el 8 de septiembre y finalizará el 28 de octubre; si se acude a entidades financieras o gestorías, este plazo se alarga hasta el 30 de octubre.
El pago derivado de las declaraciones de IRPF se retrasa, cualquiera que sea la modalidad elegida, al 20 de noviembre de 2020 (un único pago). Para las devoluciones, la Diputación Foral de Álava ha comunicado, a través de su página web, que se mantiene el plazo de 24/48 horas para su obtención.
Para la realización de los ingresos, se pueden domiciliar las cuotas siempre y cuando las declaraciones se presenten antes del 17 de junio. En caso contrario, se podrá optar por el ingreso mediante pasarela de pagos o carta de pago.
B. Declaraciones de Impuesto sobre el Patrimonio
El plazo para presentar las declaraciones de Impuesto sobre el Patrimonio no se amplía, sino que se mantiene entre el 15 de abril y el 25 de junio de 2020, debiendo realizarse el ingreso en su totalidad el 25 de junio. Las declaraciones se podrán presentar por internet (rentared) o a través de las gestorías.
Como en el IRPF, se pueden domiciliar las cuotas si las declaraciones se presentan antes del 17 de junio. En caso contrario, también se podrá optar por el ingreso mediante pasarela de pagos o carta de pago.
Por otro lado, la Diputación Foral de Álava ha publicado en su página web que:
- El inicio del plazo para presentar las autoliquidaciones del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) y del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) cuyo plazo de presentación y pago (según la normativa aplicable a cada tributo) se inicie a partir del 14 de marzo, se suspende hasta el 1 de junio de 2020.
- Cuando los plazos de presentación y pago se hubieran iniciado con anterioridad al 14 de marzo de 2020, la suspensión se producirá durante el estado de alarma y sus prórrogas.
Bizkaia
Mediante la Orden Foral 685/2020, de 26 de marzo, publicada el 1 de abril de 2020, se modifican las órdenes forales 540/2020 y 541/2021, ambas de 5 de marzo, con el fin de modificar la fecha de finalización del plazo de declaración del IRPF y el Impuesto sobre el Patrimonio en Vizcaya.
De acuerdo con ello, la presentación de las autoliquidaciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondientes al período impositivo 2019, se efectuará en el plazo comprendido entre el 4 de mayo de 2020 y la fecha que se determine mediante Orden Foral del diputado foral de Hacienda y Finanzas.
La presentación de las autoliquidaciones del Impuesto sobre el Patrimonio correspondientes al período impositivo 2019, se efectuará en el plazo comprendido entre el 4 de mayo 2020 y la fecha que se determine mediante Orden Foral del diputado foral de Hacienda y Finanzas.
Por lo tanto, se concreta la fecha de inicio de la campaña, pero no la de fin, que se supedita a la publicación de una Orden posterior.
Gipuzkoa
La Diputación Foral de Guipúzcoa ha publicado el 30 de marzo de 2020 la Orden Foral 132/2020, de 26 de marzo, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación del IRPF y el Impuesto sobre el Patrimonio, junto con los plazos y lugares de declaración e ingreso.
Debido a la situación actual, los plazos son más amplios que en años anteriores. Así:
- Las autoliquidaciones del IRPF e Impuesto sobre Patrimonio se podrán presentar a través de internet desde el 15 de abril hasta el 29 de julio de 2020.
- Las propuestas de autoliquidación del IRPF se podrán aceptar desde el 6 de abril hasta el 29 de julio de 2020.
- Se retrasa el inicio del plazo de presentación de las autoliquidaciones del IRPF en su modalidad mecanizada hasta que la situación lo aconseje. La fecha de inicio se fijará más adelante, a través de otra orden foral del diputado foral del Departamento de Hacienda y Finanzas; pero el plazo final se fija ya en el 29 de julio de 2020.
- El cargo en cuenta de la domiciliación de la deuda o, en su caso, del primer pago fraccionado de la deuda del IRPF, se hará el 30 de julio de 2020. El cargo del segundo plazo del fraccionamiento de la deuda del IRPF, si corresponde, se efectuará el 10 de noviembre.
Ver: Medidas tributarias de las Comunidades Autónomas con consecuencia del coronavirus COVID-19