Antecedentes: una Fundación que tiene por objeto el cuidado de personas mayores realiza durante el año unas compras a una farmacia.
A final de año dicha farmacia como premio a la fidelidad decide que un porcentaje de dichas compras las va a donar a la Fundación. El donativo no será en metálico sino en especies (teléfonos, sillas, mesas…).
La Fundación declara dicho donativo en el modelo 182 y lo valora por el importe que le ha dicho la farmacia que le ha costado la compra de los donativos.
Las facturas de compra de los bienes donados van a nombre de la farmacia.
Contabilización de dicho donativo para la Fundación.
¿La Fundación tiene que exigir alguna documentación a la farmacia?
Por lo que se desprende del contenido de la consulta las donaciones se materializan en elementos del inmovilizado, generalmente del mobiliario y, por consiguiente, debido a que se trata de bienes generalmente amortizables, la imputación al resultado de cada ejercicio se deberá realizar durante el mismo período de años de amortización de los bienes recibidos. También entendemos, por la actividad y tratarse de una fundación (ENL) que se haya exenta del Impuesto sobre Sociedades y, por consiguiente, no contemplamos el posible efecto impositivo de la donación. Así, los asientos a practicar serían:
Código | Descripción | Cargos | Abonos |
216 | Mobiliario | XX | |
942 | Ingresos de otras subvenciones, donaciones y legados | XX |
Código | Descripción | Cargos | Abonos |
132 | Otras subvenciones, donaciones legados | XX | |
942 | Ingresos de otras subvenciones, donaciones y legados | XX |
Código | Descripción | Cargos | Abonos |
842 | Transferencias de subvenciones, donaciones legados a resultados ejercicio | XX | |
746 | Ingresos de otras subvenciones, donaciones y legados | XX |
Código | Descripción | Cargos | Abonos |
842 | Transferencias de subvenciones, donaciones legados a resultados ejercicio | XX | |
132 | Otras subvenciones, donaciones legados | XX |
Y así durante cada ejercicio hasta la amortización total de los bienes en cuestión que debería coincidir con la cancelación del saldo final de la cuenta 132.
Ahora bien, si se trata de una pequeña o mediana entidad no lucrativa y existiendo un PGC específico para este tipo de entidades, los asientos anteriores serían los mismos pero si pasar por las cuentas de los grupos 8 y 9, es decir, todos los asientos se realizarían directamente contra la cuenta 132 (que es donde finalmente acaban) sin la necesidad de proceder a los asientos de “regularización” indicados puesto que gastos e ingresos ya se imputarían directamente en la propia cuenta 132.
Si alguno de los objetos recibidos no debiera considerarse un inmovilizado sino directamente un gasto por sus características o su escaso valor el asiento a realizar podría ser, directamente, de gasto contra ingreso:
Código | Descripción | Cargos | Abonos |
6 | Compras/gastos, según se trate | XX | |
746 | Ingresos de otras subvenciones, donaciones y legados | XX |
En cuanto a la segunda cuestión que plantean debido a que, según indican, las facturas ya van directamente a nombre de la fundación entiendo que sería interesante obtener de la farmacia algún documento justificativo en el que quede constancia de qué bienes (o qué facturas) corresponden en cada caso a este tipo de subvención/donación.
Normativa aplicada:
Se desprende de las respuestas dadas.
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Se trata de una SL que va a realizar un proyecto de segregación de una unidad económica autónoma en favor de otra SL que no es del grupo y estaba previsto auditar el balance de segregación basado en un balance intermedio de la que segrega el negocio, a fecha intermedia porque han pasado más de 6 meses desde el último cierre auditado de la sociedad. Pero no estaba previsto auditar el balance de la SL (también obligada a auditarse) que recibirá el negocio.