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En el BOE del día 7 de mayo se publicó el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal (TRLC), que es el resultado de la regularización, la aclaración y la armonización de unas normas legales que, como las que son objeto de refundición, han nacido en momentos distintos y han sido generadas desde concepciones no siempre coincidentes. Desde su aprobación en 2003, la Ley Concursal ha sido modificada en 28 ocasiones, lo que ha generado incongruencias en su texto, problemas interpretativos y una alteración sistemática de su contenido que habían derivado en un problema de seguridad jurídica.

EL TRLC entrará en vigor el 1 de septiembre de 2020 y, entre otras normas, derogará la vigente Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (LC) y algunas de sus disposiciones adicionales y finales.

El texto de la Ley Concursal hasta ahora vigente consta de 242 artículos agrupados en 10 títulos. El nuevo texto refundido cuenta con un total de 752 artículos divididos en tres libros: concurso de acreedores, derecho preconcursal y derecho internacional privado:

Libro I: Del concurso de acreedores

Es el libro más extenso y se aprecia rápidamente que hay diferencias importantes en relación con la sistemática de la Ley 22/2003.

Así, por ejemplo, se dedica un título específico a los órganos del concurso, dividido en dos capítulos, uno dedicado al juez del concurso y otro a la administración concursal. Además hay un título sobre la masa activa y otro sobre la masa pasiva, un título sobre el informe de la administración concursal, un título propio para el pago de los créditos a los acreedores y un título sobre publicidad.

Esta nueva sistemática ha supuesto el traslado y recolocación de muchas normas contenidas en títulos diferentes de la Ley Concursal.

Libro II: Del derecho preconcursal

Este libro se divide en cuatro títulos independientes:

Libro III: De las normas de derecho internacional privado

Este último libro incluye las normas de derecho internacional privado hasta ahora contenidas en el título IX de la Ley Concursal

Entrada en vigor

EL TRLC entrará en vigor el 1 de septiembre de 2020 y, entre otras normas, derogará la vigente LC y algunas de sus disposiciones adicionales y finales.

Hasta que no se lleve a cabo su desarrollo reglamentario, no entrarán en vigor las modificaciones que el TRLC introduce respecto de los artículos 27 (condiciones subjetivas para el nombramiento de administradores concursales), 34 (retribución de la administración concursal) y 198 LC (Registro Público Concursal), que permanecerán vigentes en su redacción anterior a la Ley 17/2014, de 30 de septiembre, por la que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración empresarial. De igual modo, los artículos 91 a 93 TRLC, relativos a la cuenta de garantía arancelaria, no entrarán en vigor hasta que se apruebe su desarrollo reglamentario.

El TRLC no supone la derogación de las medidas concursales urgentes que se han aprobado con ocasión de la crisis del COVID-19, como el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, por lo que temporalmente convivirán ambas normas.

Además, en el plazo de un mes el Gobierno publicará una tabla de correspondencias entre los artículos de la LC y los del TRLC, que tendrá efectos informativos.

Principales novedades

Aunque son muchas las novedades que se incorpora en el TRLC, podemos destacar estas:

Respecto a los acuerdos de refinanciación, podemos destacar: